martes, 9 de octubre de 2018

Responsabilidad civil por accidentes de tránsito - Virajes y movimientos imprudentes - Sobrepaso

Corresponde establecer que ambos conductores han contribuido en partes iguales en la producción del accidente toda vez que, el examen conjunto de las declaraciones testimoniales y de los informes del perito ingeniero permiten concluir que, además de la motocicleta de la reclamante y del vehículo del demandado, circulaba delante de éstos otro vehículo y el accidente se produjo cuando tanto la actora que circulaba en su motocicleta detrás del vehículo conducido por el demandado, como este último decidieron sobrepasar al tercer rodado para lo cual debieron realizar una maniobra hacia la izquierda, sin que ninguna de las partes adoptara las medidas de precaución necesarias para evitar el accidente; el conductor del automóvil si hubiera conducido con la debida atención debió advertir la presencia y el avance de la motocicleta, y la actora que avanzaba desde más atrás debió haber disminuido la velocidad y dado paso al vehículo que lo precedía o en su caso haber realizado una maniobra con espacio suficiente para evitar el contacto con el automóvil del accionado.
M., N. A. vs. V. E. s. Daños y perjuicios /// CNCiv. Sala E; 23/08/2018.

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