martes, 7 de agosto de 2018

Giro a la izquierda

Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la compañía de seguros citada en garantía y se confirma la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por el actor contra el accionado a raíz del accidente de tránsito protagonizado, toda vez que, teniéndose en cuenta la ausencia de señales lumínicas en la intersección donde ocurrió el evento y el accionar antirreglamentario efectuado por el demandado -giro hacia la izquierda-, la recurrente no ha logrado acreditar el exceso de velocidad atribuido al reclamante; es más, entra en una contradicción al fundar su recurso, pues en el mismo refiere a un exceso de velocidad por parte del actor, cuando el dictamen pericial señala justamente lo contrario y resultó consentido por aquella, toda vez que en ningún momento fue puesto en crisis en su debida oportunidad (art. 477, CPCCN).
A., L. A. vs. Beltrán, Sebastián Alejandro s. Daños y perjuicios /// CNCiv. Sala B; 03/07/2018.

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