viernes, 13 de julio de 2018

Prioridad de paso por circular por una vía de mayor jerarquía

Se atribuye al actor el 30 % de responsabilidad en el accidente de tránsito protagonizado toda vez que, si bien contaba con la prioridad de paso por circular por una vía de mayor jerarquía y no pudo determinarse por vía pericial las velocidades que respectivamente desplegaban las partes, las constancias obrantes en autos indican que ambos conductores emprendieron el cruce sin detenerse, aminorar la marcha ni adoptar precaución alguna, pese a que debieron haberlo hecho, máxime porque la encrucijada no estaba semaforizada, el desplazamiento tenía lugar en horario nocturno y el del accionante implicaba, para su parte, el riesgo propio del tipo de vehículo -motocicleta- que conducía. La excesiva velocidad con la que se conducía implica, en las concretas circunstancias de persona, tiempo y lugar, que el actor asumió efectivamente en los hechos una conducta culposa y causalmente relevante en la producción del daño que él mismo padeció.
Gatica, Diego Javier vs. Castro González, Rodrigo Iván s. Daños y perjuicios /// 1ª CCCMPT, Mendoza, Mendoza; 06/06/2018.

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