miércoles, 26 de noviembre de 2014

Presunciones de culpabilidad: > Virajes y movimientos imprudentes. Sobrepaso.

Corresponde confirmar la sentencia de grado que condena al demandado a resarcir los daños y perjuicios sufridos por el actor a raíz del accidente de tránsito protagonizado, toda vez que no sólo no ha aportado al proceso elemento de juicio alguno que le permita eximirse de la responsabilidad que se le endilga por presunción legal sino que, por el contrario, las probanzas colectadas en autos abonan la versión de los hechos plasmada por el pretensor en su demanda. Así pues, resulta menester destacar que el propio encartado ha admitido que intentó realizar el giro hacia la izquierda desde el segundo carril de la avenida por la que circulaba; conducta claramente antirreglamentaria e imprudente (art. 43, Ley 24449). Y en su expresión de agravios explicó que era práctica usual utilizar los dos últimos carriles para emprender este tipo de maniobras; argumento que resulta -sin dubitación- absolutamente inaudible. El reconocimiento de la violación a las normas de tránsito, sumado a la orfandad probatoria respecto de haber advertido la maniobra con la suficiente antelación, resulta crucial para dirimir la presente litis. Y el hecho de que la motocicleta haya revestido la calidad de embistente no empece las conclusiones precedentes pues el conductor accionado, al emprender el giro desde el segundo carril, se interpuso en la marcha de quienes venían con luz verde. Esto significa, pues, que el encartado provocó con su accionar negligente la colisión. De otro lado, tampoco resulta procedente la queja relativa al exceso de velocidad de la motocicleta, que el apelante estimó entre 40 y 50 kilómetros por hora, toda vez que la velocidad máxima para circular en avenidas es de 60 kilómetros por hora.

P., J. A. vs. Hornos, Alejandro Néstor y otro s. Daños y perjuicios. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala B; 11-09-2014

No hay comentarios:

Publicar un comentario