jueves, 22 de mayo de 2014

Presunciones de culpabilidad: > No utilización del casco reglamentario.

Corresponde revocar la sentencia de grado en cuanto atribuye al actor el 30 % de responsabilidad en el accidente de tránsito protagonizado en virtud de no llevar casco protector, debiendo imputarse totalmente a la parte demandada. Ello, sin perjuicio de valorar al momento de la fijación del quantum de los distintos rubros indemnizatorios la incidencia causal que tuvo en los daños la omisión del accionante de llevar colocado el casco protector. Y en tal sentido se ha sostenido que la omisión de uso del casco protector craneano debe ser un elemento a ponderar al momento de valorar los quatum indemnizatorios y no la responsabilidad porque guarda relación con el agravamiento del daño. Tiene significación porque acusa una conducta negativa que incide en la consecuencia del daño al ser causa eficiente de las heridas de la víctima localizadas en su cabeza. (art. 1111, Código Civil). Quien circula en una motocicleta sin llevar puesto el casco asume el riesgo de su propia torpeza porque esa omisión del conductor actúa como condición pasiva del daño ocasionado en su cabeza y es un elemento indubitable de nexo adecuado de causalidad (art. 906, Código Civil) a valorar al momento de fijar las partidas indemnizatorias.

O., D. S. vs. Corbalán, Miguel Ángel s. Daños y perjuicios.Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala C; 18-03-2014

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