miércoles, 13 de noviembre de 2013

Presunciones de culpabilidad: > Exceso de velocidad. - Ruta en reparación - Tractor

Corresponde confirmar la sentencia de grado que rechaza la demanda de daños y perjuicios interpuesta por el actor a raíz del accidente de tránsito protagonizado, toda vez que de la prueba producida surge que su conducta fue total y absolutamente imprudente, arriesgada y peligrosa, convirtiéndose así en el responsable exclusivo del hecho. Así pues, de la pericia realizada se aprecia el estado en que quedó el tractor de la demandada, lo que a juicio del perito se debió a la excesiva velocidad con que circulaba la camioneta conducida por el actor, cuando expresa que "...ninguna camioneta que circule a una velocidad inferior a 120 km./h puede partir en dos un tractor". En efecto, el actor conducía su camioneta a gran velocidad cuando, sin advertir la existencia de obreros trabajando en la ruta aunado a la polvareda normal desplegada por trabajos de barrido de calzada, se topó con el tractor y al no aminorar la velocidad le fue imposible frenar, colisionándolo en su parte trasera. Lo cual lleva a decir que circulando a una velocidad adecuada hubiese podido detener la marcha ante cualquier obstáculo. Por lo demás, si bien el tractor circulaba por la ruta, ello de manera alguna permite concluir que el fallo esté equivocado al eximirlo de responsabilidad, por cuanto la Juez de grado ponderó que el mismo circulaba por su lado, ejecutando tareas de reparación de la ruta, obra que, además, se encontraba debidamente señalizada.

Toloza, Eduardo Antonio vs. Crisar S.A. y otro s. Cobro de pesos - Indemnización de daños y perjuicios - Beneficio de litigar sin gastos. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial 3ª Nominación, Santiago del Estero, Santiago del Estero; 04-06-2013

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