jueves, 24 de octubre de 2013

Colisión con un peatón > Responsabilidad concurrente - Peatón circulando por la calle con un carro - Recolección de cartón

Corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por la actora y, en consecuencia, confirmar la sentencia de grado que le atribuye el 30 % de responsabilidad en el accidente de tránsito protagonizado al considerar que su conducta incidió parcialmente en la producción del hecho porque conducía un carrito por la calle, de manera imprudente, sin signos que la tornen visible. Ello así, toda vez que, a diferencia de lo planteado en sus agravios, no surge probado que intentara cruzar la calle por la senda peatonal. En efecto, del croquis de la causa penal, elaborado por personal policial, se puede observar que la reclamante y su carro se hallaban bastante alejados de la senda peatonal. Y tampoco puede afirmarse que circulara por la vereda, sino que ha de estarse a su primera declaración en sede penal en tanto afirmó que iba por la calle. Así las cosas, pese a la extensión de los agravios, no se ha logrado modificar la decisión del magistrado, pues surge evidente la incidencia que tuvo su conducta en la producción del siniestro, máxime si se aprecia que el carro con el que efectuaba su trabajo -recolección de cartones- no contaba con luces.


A., A. F. vs. J., D. s. Daños y perjuicios. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala L; 14-08-2013

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